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EL DESEO DE ADELANTAR LA MUERTE EN EL CONTEXTO CLÍNICO

Claudio Navarro Cañadas

Me piden que introduzca la mirada del médico de paliativos ante la demanda de eutanasia dado que estamos acostumbrados a acompañar estos procesos de final de vida, para tratar de explicar los contextos y las causas que acompañan ese deseo de muerte y, en el caso extremo de eutanasia.

Dos cosas previas antes de empezar.

No nos gusta mucho a los paliativistas meternos en estos temas. La muerte no es, fundamentalmente, un proceso biológico sino biográfico. Por lo tanto, es este un debate que va mas allá de la tarea del sanitario, es un asunto que tiene que abordarse desde toda la sociedad. Los médicos somos invitados privilegiados para contemplar y acompañar esa experiencia global del final de vida, y a hacer lo que sabemos hacer, pero poco mas…

Y tampoco nos gusta esa dicotomia que se presenta paliativos/eutanasia. Se agradece la valoración, pero muy probablemente esté sobredimensionada. Es verdad que unos buenos paliativos pueden ayudar y disminuir la incidencia de demandas de eutanasia. Pero no está nada claro que esto sea lo más definitivo ni que se resuelva el tema, por muy buenos paliativos que tengamos. No me queda duda que hay otros factores sociales y antropológicos mucho más importantes, como veremos después.

Y una “advertencia”: Hablo personalmente, como medico, como ciudadano y como creyente, no como portavoz de los médicos de paliativos (que piensan de formas bastante variadas). Y hablo sin pretensión de convencer a nadie, bastante tengo con lo mío. Es este un asunto nada simple, de mucha complejidad que exige mucho diálogo, y que no se resuelve con 140 caracteres en twiter, o con cuatro frases bonitas (y simplonas) que quedan bien en la prensa o en las redes. A veces olvidamos, ideologizando o desde la emoción superficial, y esto lo hacemos todos, no solo “los otros”, que detrás de todo este debate hay personas y familias que sufren mucho y ante las que debemos, sobre todo, mucho respeto. Respetar, que no quiere decir, por supuesto, hacer lo que el otro me pida que le haga sino, simplemente y más allá situarnos con mucha humildad y a veces, hablar menos y callar más…

Es claro que, cuando oímos a un paciente que quiere morir, podemos encontrarnos con diferentes realidades: 

. Personas que desean la muerte como un proceso natural, porque ya ha hecho lo que tenía que hacer, siente que está preparada y desean otra vida mejor según sus creencias. Es la experiencia de los místicos. O que aceptan la muerte que viven con inminente. Ya se ha vendido el bacalao, ya se acaba esto

. Otros desearían que la muerte, genéricamente, llegue pronto, como respuesta al sufrimiento o limitación o sentimiento de carga… Muy frecuente. Se me está haciendo muy largo, ojalá se acabe esto pronto, ¿Por que no me llevas ya, Dios mío, que lo estoy pasando mal? Estoy haciendo sufrir a mi familia

. Un grupo puede expresar de forma espontánea o tras ser preguntado ese deseo, en un contexto de intenso sufrimiento. Desean morir y desean que se haga “algo” para favorecerlo. Por favor, que me pongan la sedación esa y acabe ya este infierno… “ojalá fuera legal la eutanasia”, “¿no hay una manera de acabar con ésto?”

. Finalmente, un grupo pequeño solicita y planifica acciones para acabar con su vida. Se ponen en contacto con asociaciones, busca el acceso a fármacos o drogas para suicidarse. Serán las personas que demanden,  explicita y reiteradamente la eutanasia cuando se ponga en marcha la actual ley aprobada

¿Cuántas personas en el final de la vida con una situación de enfermedad amenazante presentan esos deseos de adelantar la muerte?

Vamos a quedarnos con un porcentaje aproximado de un 20% (uno de cada 5) en enfermos oncológicos (más en neurodegenerativos tipo esclerosis latera amiotrófica) que son los que están más estudiados. Que son muchos. De los últimos, pocos, no tenemos por supuesto estadísticas, pero en mi experiencia, cuando ponemos la oreja, no es tan extraordinario. Y mas que va a haber.  

Si que nos tiene que quedar claro, y todos insisten en ello, que cuando una persona quiere morir nos está diciendo que sufre, que sufre muchísimo. En general no nos esta diciendo tanto que quiere morir, sino que no quiere vivir así. Para un médico supone un mayor compromiso con esta persona para buscar la manera de aliviar su sufrimiento, de acompañarle y poner en práctica toda su formación y habilidades al servicio de esta persona. Pero también es un desafío de acompañamiento para todos, más allá de un desafío ético.

La ética trata sobre lo que es bueno y malo. Sobre deliberar y hacer juicio pero sobre todo sobre el hacer “bien”. Llevo tiempo insistiendo que el desafío para cada uno de nosotros no es tanto juzgar si hace mal o bien el que se suicida o el que presta colaboración al suicidio (que también) como la llamada a preguntarme que es lo que tengo que hacer yo para hacer bien. Esta es la ética fundamental del asunto. Ser ético en estos asuntos es acompañar.

Solo puedo transmitir una certeza. Para poder acompañar esas duras realidad del deseo de morir anticipadamente, hay que dar una oportunidad, y eso sólo se puede dar de una manera: escuchando de verdad. Si así lo hacemos se consigue conectar (y eso solo, lo sabemos, tiene un indudable efecto terapéutico, “sanador”) y desde explorar las causas para poder ayudar

Una cosa importante: A veces esa demanda puede ser hasta adaptativa. ¿Que quiero decir con ésto? Al final de la vida, – ya lo veremos – una de las peores sensaciones es la pérdida de control: yo no mando sobre mi futuro, ni sobre los síntomas, ni sobre mi cuerpo, incluso ni sobre mis acciones. Manda mi cáncer (el “bicho” que se me ha metido), mis hijos o mi mujer, o mi médico, o incluso la cultura colectiva que dice como me tengo que comportar. Fijaros que el DAM puede ser un grito, o un puñetazo sobre la mesa, por la que trato de recuperar el control sobre mi vida: ya que no puedo decidir sobre la vida, decido sobre la muerte…

Avanzamos un poquito. ¿Cuáles son las causas para desear una muerte anticipada que descubrimos si escuchamos?

 Dolor

Tristeza

Dependencia

Vacio

(1) El dolor

El sufrimiento no se suele referir exclusivamente a unos síntomas físicos. O por lo menos ese sufrimiento intenso que hace claudicar a la persona entera del que hablamos, pero puede ocurrir, que en nos encontremos que lo que nos está diciendo es que no quiere vivir con dolor, con disnea, con insomnio o delirios. Raro, muy raro, que se nos demande adelantar la muerte por este tipo de sufrimiento…

(1bis) El ensañamiento

– Otra causa que no se suele explicitar pero que puede estar ahí clara es el miedo al ensañamiento terapéutico. Como si fuera una súplica que se nos lanza los sanitarios para, no tanto acabar, como parar, que es distinto… Nos están pidiendo que hagamos algo para llegar al final de la vida sino que no hagamos nada para evitar el final de la vida, que es muy distinto, aceptando la muerte que llega… Y esa decisión surge de sus valores y creencias. De aquello que en su historia ha ido construyendo como vida digna. Nos está diciendo que lo que podemos ofrecer para él no es aceptable y esta en todo su derecho para ello. El enfermo no nos pide llegar a la muerte, sino que nos pide aceptar la muerte que llega, que le dejemos en paz para poder morir en paz.

En esto sí que creo que hay que potenciar los cuidados paliativos. No tanto en crear muchos servicios de paliativos como en mejorar y formar una conciencia y actitud paliativa a todos los profesionales sanitarios, sobre todo en los especialistas

(2) La tristeza

Nos metemos en el “lío” de lo psicoemocional: la angustia, la depresión, la desmoralización, la desesperanza o pesimismo, la tristeza, la ansiedad, los miedos a que no se controlen bien los síntomas. Todos estos suelen ser acompañantes habituales en estas situaciones.

En ese nivel, no puedo profundizar mucho, pero sí que hay ciertas cosas que podemos hacer y algunas otras que sería mejor que no hagamos, además de ponerse en manos del respectivo profesional en su caso (psicólogo, psiquiatra…)

Empiezo por esto último, lo que no debemos nunca hacer:

. Evitar frases bonitas “piadosas” bienintencionadas (piensa en lo bello de la vida, la vida merece la pena…) que no estimulan sino todo lo contrario -tienen un efecto paradójico-, pueden llegar a ser “obscenas” en ciertas situaciones

. Evitar proponer modelos heroicos de esos que salen en la tele como superluchadores contra la enfermedad ¡que daño hacen!, (Tú lucha, no tires la toalla, puedes hacerlo, come -aunque no puedas- para “curarte”, mejorar, fijate tu vecino de habitación como lucha…)

. Banalizar los sentimientos de tristeza, flojera, fracaso (Hay otros que lo están pasando peor, a mi también me pasó y no deje que la tristeza me comiera, otros tienen enfermedades mas graves y tienen ganas de vivir…)

. Y por supuesto, a los agentes de pastoral, traer a la cabecera de la cama una imagen de Dios que controla, juzga, exige, culpabiliza, que apunta en su cuaderno todos nuestros malos pensamientos, que ofrece salvación pero solo a cambio de gestos, ritos o sacramentos …

Fijaros que todos estos mensajes, con toda la buena intención del mundo, ponen la “carga del delito” en el propio enfermo. Le hacen el responsable de su desgracia, transmitiendo, en el fondo, que, si no mejora, no está feliz, es sólo por su culpa porque no pelea, es flojo, no es generoso, o es santo… En esas circunstancias, en las que se añade al sufrimiento por la enfermedad y la pérdida, el sufrimiento por el propio fracaso de no ser capaz de dar la talla, no es improbable que el querer acabar de mala manera se vaya imponiendo… porque, “además de estar mal por mi enfermedad soy un fracasado”

Pero sí podemos hacer cosas:

. Preguntar necesidades que, por lo menos algunas, puedan ser cubiertas ¿control de síntomas, alimentación, visitas…?

. Preguntar motivos que él detecta como causa de su sufrimiento, ¿temas pendientes, causas económicas, soledades, dependencias, sufrimiento espiritual…?

. Explorar fuentes de gratificación: relaciones, caprichos alimentarios, despedidas,  

. Reforzar las actitudes positivas, las áreas sanas: Recuerdos, lo positivo que he dejado, actualizar lo que he disfrutado…

. Permitir y animar el des-ahogo emocional, el llanto sin prisas; permitido llorar, y quejarse

. Potenciar la colaboración de las familia, especialmente permitiendo la comunicación emocional; Permitido llorar… juntos

. Ofrecer profesionales que pueden ayudar, según necesidades: capellán, psicólogo, voluntarios

. Acercar un Dios acogedor, que no pide nada a cambio, que ofrece sanación/salvación gratis, alivio, que regala el sacramento sanador. El Dios que se presenta aquí es el Dios compasivo del Padre bueno que recibe al hijo pródigo

. Y, muy importante, a veces lo único que hay que hacer es callarse y “aguantar el tirón”. Todos sabemos que difícil es aguantar en una habitación las lágrimas de un enfermo y sus silencios dolidos, sin huir con algún comentario técnico o un consejito o simplemente dar por terminada la visita. El aguantar ahí, sin abandonos físicos o afectivos, nos da puntos, de verdad, para poder abordar más tarde otras necesidades.

(3) La dependencia

Diversos estudios muestran que es ésta, la dependencia, una preocupación fundamental en el final de vida. Y siendo una preocupación fundamental es, también, una de las principales razones por las que alguien puede pedir “acabar”

¿En que se concreta?

. pérdida de control de las funciones corporales,

. que genera una reducción de la autonomía al no ser capaz de valerse por si mismo, 

. así como con la disminución de la capacidad de hacer cosas placenteras en la vida y

. el miedo a ser una carga para los demás.

No hay duda que hay una determinada antropología detrás de estas vivencias. Identificar la utilidad, las capacidades personales, la independencia con la dignidad – con el valor que cada uno tiene – traduce que se nos ha entremetido en nuestra concepción de la persona unas categorías donde “vales según produces”.

Concebirnos como dignos por lo que somos (y no por lo que producimos) y el reconocimiento de que en el fondo somos todos mutuamente dependientes (en la salud y en la enfermedad) – lo único que cambia al final de la vida no es la dependencia sino la fragilidad- son tareas existenciales que están pendientes en nuestra sociedad de bien-estar.

En otro nivel más práctico debemos abordar, aunque no sea fácil (y no sea tarea exclusivamente de los sanitarios), los siguientes asuntos:

. Tendremos que poner sobre la mesa los recursos sociales disponibles para poder paliar esa dependencia, o por lo menos para poder hacerla más llevadera a los familiares. La gran tristeza es comprobar como no pocas veces no disponemos de recursos dignos y suficientes para poder ofrecer esa atención. Y pedirlos, exigirlos como ciudadanos. No tengo duda que el determinante mas importante para una demanda de adelantar la muerte es el sentimiento de carga por la dependencia progresiva que la enfermedad conlleva. Y que el medio mejor para abordarlo es el recurso social:  una buena red de ayuda a domicilio, excedencias pagadas para cuidados de familiar enfermo, plazas en recursos sociosanitarios y residencias para descarga familiar temporal o definitivamente, ayuda económica para los cuidados. En esto nos la jugamos.

Por eso decía que dudaba que el desarrollo de los paliativos tuviera tanta incidencia. Los cuidados paliativos abordan el síntoma físico, también el psicoemocional que ya habéis visto que es importante, pero no el más determinante. Los recursos sociales (formales e informales, y ahí pongo la familia sobrecargada, las redes informales, los servicios sociosanitarios) abordan la dependencia que, ya hemos visto, es una causa mucho mas importante de demanda de eutanasia. Puedo asegurar que una de las principales causas de ingreso en nuestra unidad de cuidados paliativos del hospital es la claudicación de una familia sobrecargada que no puede mas y que, además, nos permitimos criticar.

. En el dialogo clínico es importante ayudar al paciente dignificar la dependencia y darle sentido, a la vez que dignificamos en rol del cuidador ¿Era menos tu hijo cuando tenias tú que cambiarle los pañales a él? Dale una oportunidad de quererte como tú le has querido a él, porque es que, además, también él lo necesita.

Así podremos mostrar que, en esa situación de dependencia, hay aun muchas cosas que se pueden hacer y que no se trata de esperar en la cama la llegada de la muerte. Hay mucho que hacer:

dar consejos a los hijos,

despedirme,

ver a la familia reunida alrededor mio,

completar gestiones económicas o legales,

resolver viejos pleitos,

alegrarse por lo conseguido y

pedir perdón por las meteduras de pata.

En definitiva, hacer síntesis, que es una de las grandes tareas existenciales al final de la vida

En esa tarea, os puedo asegurar que he podido contemplar admirado como la espera se transformaba en esperanza y la demanda de acabar pronto se transformaba en ocasiones en deseo de más tiempo…

(4) El vacío

En relación con lo anterior, muy conectado con ello, nos adentramos en la esfera del sufrimiento existencial y espiritual. Concepto resbaladizo pero que nos hace referencia a la vivencia angustiosa de la vida por la vivencia de falta de control, agotamiento de la esperanza, sensación de inutilidad, pérdida de sentido, soledad existencial… No hay dolor físico, pero no hay nada que hacer sino esperar pasivamente que llegue la muerte, acompañado por todos mis demonios que me rondan…

Se está escribiendo mucho sobre el sentido de la vida (o de la pérdida de sentido) como elemento que permite afrontar el final de la vida, que sería esa fuerza motivadora, ese porque, que me permiten afrontar las dificultades, elegir los caminos, encontrar respuestas a las cuestiones vitales y disfrutar de la vida (si queréis, aumentar la calidad de vida). Las situaciones de sufrimiento existencial pueden ser, según Viktor Frankl, no impedimento sino oportunidad para encontrar ese sentido.

Los estudios que se han realizado describen que las fuentes que proveen sentido a nuestra vida son el bienestar fisico y psicologico, el tiempo libre, la naturaleza, pero, sobre todo y con mucha diferencia, hablan de toda la realidad relacional (familia, amigos, pareja…), con algunas diferencias culturales. Asi que, si son las relaciones las que alimentan el sentido de la vida en las fases finales de la vida, se nos muestra claramente qué es lo que tenemos que potenciar en este momento para recuperar el “gusto por la vida” y prevenir los deseos de muerte anticipada.

Pero, como os imagináis, no es fácil: Me acuerdo de Carmelo, un hombre de mi edad, médico en fase final de la vida por una obstrucción intestinal secundaria a carcinomatosis peritoneal. Después de intentar todo (no me refiero a lo físico, -que también-, sino a los psicoemocional), de traerle a sus hijos, de invitarle a escribir cartas de síntesis personal, de ofrecer estancias en domicilio de desahogo, de escuchar mucho, de ofrecer recursos psicológicos, sociales y espirituales… Al final me decía: Claudio, no te empeñes, ya está todo cumplido, está vendido el bacalao, no quiero seguir más. No me mareéis tanto…

Carmelo me enseña que hay un un territorio sagrado frente al cual solo puedo acompañar, no huir, no hacer ni decir nada… Y aceptar mi propia impotencia reconociendo que, a veces, no estamos para eliminar el sufrimiento sino que estamos, simplemente porque hay sufrimiento, aunque no lo resolvamos…

Así que repito, para terminar: Pienso que nuestra pelea no debe ser tratar de convencer a nadie para evitar desear su muerte, lo único que puedo hacer es ponerlo que esté de mi parte para que pueda valorar y desear su vida, aunque sea corta. Somos amantes de la vida, con mayúsculas, compleja y simple, dura y “blandita!, sufriente y alegre, y en esa actitud biófila nos jugamos la muerte digna. Morimos como vivimos, así que cuando la vida ha sido digna, la muerte también lo será.

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Al Tribunal Constitucional

ESCRITO SOBRE LA LEY DE EUTANASIA DIRIGIDO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR UN AMPLIO

Las Cortes Generales han aprobado -a propuesta del Grupo Socialista- la Ley Orgánica de regulación de la Eutanasia, recurriendo a UN PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO NO ADECUADO, Lo ha hecho como Proposición de Ley y no como Proyecto de Ley como es lo que procedía en ley de tanta trascendencia, para PRESCINDIR del informe del Consejo de Estado, como es preceptivo. Tampoco ha aceptado tener en consideración al Comité de Bioética de España, ni a las organizaciones profesionales de Medicina y Enfermería, Sociedades Profesionales, y del Consejo General del Poder Judicial, Organizaciones Civiles y numerosas sugerencias de especialistas médicos de reconocido prestigio en el tratamiento de enfermos en situación terminal.

Todos los dilemas éticos exigen una reflexión sosegada para llegar a conclusiones válidas para la inmensa mayoría de afectados. Se hacía necesario, una amplio y sereno debate suficientemente informado y representado que no tuvo lugar en tema de tanta importancia.

Se ha venido promoviendo deliberadamente un falso debate social en los últimos tiempos en campañas presentando casos límites muy mediáticos ante la opinión pública para justificar la ley de Eutanasia, olvidando el elevado número de paciente, unos 80.000 que mueren por falta de Unidades de Cuidados Paliativos.

Se han utilizado igualmente términos equívocos como “derecho a una muerte digna”, presentando a los defensores de la vida humana, entre los que se encuentran la inmensa mayoría de la población y de médicos españoles, como “sectarios”, “retrógrados” e “intransigentes”, cuando no hay nada más retrógrado que acabar con la vida de los más vulnerables de la sociedad.

Desde el principio de los tiempos, aliviar el sufrimiento, es una especial exigencia ética y humanitaria de toda la sociedad, particularmente de los profesionales de la salud. Lo que la sociedad demanda es que se dicten leyes que protejan la vida humana, especialmente de las personas más vulnerables, en estadios avanzados y de las personas con una discapacidad severa. Estas situaciones exigen un trato acorde con su dignidad, una asistencia médica y social integral.
Esta ley nos afecta gravemente a todos, pues crea una situación de inseguridad jurídica sin precedentes para las personas más frágiles. Lo que la hace profundamente injusta. Las deja sin alternativas, puesto que los cuidados sociales o las ayudas a la dependencia no llegan a todos ni en tiempo ni en forma. No aborda la grave situación de pacientes vulnerables. En España, aproximadamente de 200.000 enfermos que necesitan Cuidados Paliativos, unos 80.000 fallecen al año sin poder acceder a estas Unidades. Para muchos la ley ofrece, o vivir con sufrimiento, o la muerte. Lamentablemente una parte importante de la población, no tiene más opciones.
En muchos casos las personas más vulnerables se considerarán una carga. Es la consecuencia de tomar la calidad de vida cómo referencia fundamental para mantener la vida, con lo que se entenderá según la ley de Eutanasia que hay vidas sin valor.
Esta ley considera aptos a los médicos para provocar la muerte a los pacientes, con la colaboración de enfermería y farmacia.
Con la ley de Eutanasia y el Suicidio Asistido, el médico desempeña el papel de ejecutor en la eliminación de una persona y como consecuencia queda rota la relación de confianza tan necesaria entre el médico y el enfermo, y también con sus familiares.

En numerosos códigos jurídicos de los grandes países europeos, no se contempla la ley de Eutanasia, y expertos mundiales como el Profesor Daniel Callaghan cofundador de la Bioética, llega a definir la Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido como “la legitimación del asesinato mutuamente acordado”
La compasión ante el sufrimiento no puede nunca legitimar la eliminación de la persona que sufre. Ni la autonomía del paciente tiene carácter absoluto para decidir lo que puede hacer. De ello hay ejemplos múltiples en cualquier legislación.
La ley no trata de aliviar el sufrimiento sino de terminar con la vida de las personas que sufren sin que se empleen tratamientos específicos como la sedación correcta y éticamente aplicada.

Con la ley de Eutanasia se ha creado un nuevo derecho subjetivo individual, matar, que se le niega a muchas personas, ya que no se puede ejercer más que en un contexto eutanásico, Por otra parte ese derecho a poner fin a la propia vida no existe, rompiendo todos los principios jurídicos universales y por supuesto es incompatible con lo que recoge la Constitución Española (artículo 15) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Vulnera por tanto varios artículos de la Constitución. Y además no respeta el principio de Proporcionalidad, ya que debería haber legislado previamente sobre la Ley de Cuidados Paliativos. Más aún, lo recoge como una prestación pública, tomando como ejecutor al médico. Si un facultativo se niega, se pone en la tesitura de denegar un derecho fundamental. Lo que coloca al médico en una situación de franca ilegalidad.

La obligación de la inscripción previa en un registro de objetores de conciencia, impuesta a los profesionales que se oponen a practicar la Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido, no es legal ni legítimo. Ya que plantea serias dudas por posibles repercusiones que podrían darse en la promoción profesional de los que se oponen a aplicarla. Más objetivo y justo sería que esa relación para las autoridades sanitarias, se realizara de aquellos profesionales sanitarios que están a favor de la Eutanasia.

La profesión médica siempre ha estado orientada a tener el máximo respeto por el paciente, y por tanto, llegado el momento necesario, a curar, y cuando no es posible, siempre a aliviar, a cuidar.
No podemos esperar de los profesionales de la salud que provoquen directamente la muerte de ninguna persona, aunque lo pida. Nada hay más contrario a la Medicina y Enfermería.

El actual Código de Deontología Médico, Capítulo VI, Art 36.3, es rotundo cuando afirma: “el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste”. Este pronunciamiento es coincidente y ratifica lo expresado, en la reciente Declaración de la Asociación Médica Mundial (AMM) en su Asamblea anual en Tiflis, Georgia, celebrada el 27 de octubre de octubre de 2019, en la que reitera su máximo respeto por la vida humana, oponiéndose firmemente a la eutanasia y al suicidio con ayuda médica
La ley de la Eutanasia defiende el derecho a morir y lo incluye como una prestación más dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, incluso garantizando su accesibilidad universal y eliminando cualquier retraso en su ejecución. El médico certificará la eutanasia como muerte natural. Sin embargo, no existe una Ley de Cuidados Paliativos que posibilite una alternativa sanitaria que consagre el derecho a vivir sin sufrimiento en las últimas fases de una enfermedad. La eutanasia no es un acto médico en sentido estricto.
La solución alternativa a la ley de la Eutanasia está en promulgar una ley nacional de Cuidados Paliativos, para garantizar el acceso universal a estos cuidados como parte fundamental de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Pero en nuestro país no se ha querido apostar por promover los Cuidados Paliativos. Las cifras comparativas con los países de la Unión Europea lo ponen de manifiesto. Mientras en estos hay una cifra media de 2 Unidades de Paliativos por cien mil habitantes, en España es de 0.6.
Asimismo, la propia Ley dice que hay que ofrecer “las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia”. Según datos oficiales del año 2019, la media de tramitación es de 14 meses, y ese año fallecieron 31.000 pacientes sin recibir ningún tipo de ayuda, más de 85 pacientes al día.
Pero, además, solamente en 22 Facultades de Medicina de 42, se enseña algo de Cuidados Paliativos y sólo en 6 de estas, hay una asignatura específica de Cuidados Paliativos y de ellas exclusivamente en 4 existen una Cátedra dotada con esa denominación. Algo similar ocurre en las Titulaciones del Grado de Enfermería, en donde sólo en 69 de 112 se imparten enseñanza de Cuidados Paliativos.
Los Cuidados Paliativos, en concreto la Sedación Paliativa, son incompatibles con la Ley de Eutanasia y el Suicidio Asistido. Difieren en el objetivo, la indicación, el procedimiento y el resultado. Los Cuidados Paliativos, y en su caso la Sedación Paliativa, previenen y alivian el sufrimiento, mientras la Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido provocan la muerte. Estos se basan en la ética de una autonomía sin límites. Los Cuidados Paliativos combinan la ética de la autonomía con la ética de la vulnerabilidad y de la solidaridad colectiva.
Los profesionales sanitarios tienen claro, así constan en sus Códigos Deontológicos, que no son conductas eutanásicas, sino éticamente rechazables el “ensañamiento u obstinación terapéutica”, cuando se tiene constancia cierta de que los tratamientos se consideran ya desproporcionados e inútiles para mantener la vida del paciente. Y es éticamente correcta la llamada “limitación del esfuerzo terapéutico”, cuando el médico estima que nuevos tratamientos o pruebas diagnósticas, no se consideran adecuadas y ocasionaría más molestias que beneficios.

Sólo en 5 países del mundo con democracias avanzadas, y consolidadas, han despenalizado o legislado sobre la Eutanasia. En el entorno europeo sólo Holanda, Bélgica y Luxemburgo. La MAYORÍA de los países HAN RECHAZADO esa despenalización (como Francia), tras un profundo y minucioso estudio (comisión Leonetti) en el que se destacó el deber del Estado de cuidar y atender a los pacientes más enfermos, ofreciéndoles toda la ayuda que precisen en su situación particular. Sólo para casos de sufrimiento extremo se aprobaba la sedación profunda.

En los países que han despenalizado la eutanasia, la falta de control -a pesar de pretender garantizarlo- ha llevado a verdaderas «eutanasias no solicitadas», Resulta imposible valorar la adecuación si una de las partes ha fallecido. Y, por otra parte, se han ido relajando todas las cautelas legales contempladas, hasta el extremo de poder solicitar, en determinados casos, una “Eutanasia casi a la carta”.

ESTA PETICIÓN ES TUYA Y MÍA, NO TIENE COLOR POLÍTICO, LA FIRMAMOS GENTE DE IZQUIERDAS Y DE DERECHAS, DE CENTRO Y DE CUALQUIER OTRA OPCIÓN, QUE NOS SENTIMOS UNIDOS EN LOS PROFUNDOS VALORES DE LA ESENCIA MILENARIA DE LAS PROFESIONES SANITARIAS, Y DE LA CONSTITUCIÓN, Y VAMOS JUNTOS A DEFENDER LA DIGNIDAD DE CADA UNO Y EL BIEN DE TODOS.

Fdo.:

Salvador González Barón. Catedrático Emérito de Fisiología Humana en Universidad de Málaga.

Manuel González Barón. Director del Máster de Medicina Paliativa UAM. Jefe de Servicio de Oncología Médica del Hospital Universitario La Paz

Manuel García del Río. Profesor Titular de Pediatría . Universidad de Málaga

Alvaro Gándara del Castillo. Jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz

Se puede firmar aquí.

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Máteme, doctor.

Por su interés reproducimos este artículo de Mónica Lalanda, médico. La entrada original puede leerse en https://medicoacuadros.wordpress.com/2021/03/20/mateme-doctor/

Soy atea. No creo en sacrificios ni en ganancia a través del sufrimiento. No creo en la vida después de la muerte.

Creo fervientemente en el derecho de cada persona a hacer lo que quiera con su vida, respeto la libertad personal de acabar con tu propia existencia. No hablo por nadie, no represento a nadie, mi voto ha basculado hasta ahora entre Ciudadanos y PSOE.

Soy médico, mi función en la sociedad es tratar la enfermedad, acompañar al enfermo, consolarle y aliviar su sufrimiento. Sin embargo, a partir de hoy, me asignan la función de ser quien acabe con la vida del paciente que lo pida. Hoy, matar se convierte por decisión política en Acto Médico. Yo me rebelo.

El término “muerte digna” ha sido secuestrado de su significado real. Toda muerte debe ser digna y todo médico debe hacer todo lo que esté en su mano para favorecerlo. Muerte digna es morir sin dolor, sin asfixia, sin soledad, sin sufrimiento y en el lugar elegido. La muerte digna incluye también permanecer sedado mientras llega la muerte. Muerte digna es vivir con dignidad hasta el último suspiro.

En esa conversación social rota que llevamos años viendo, transpira una confusión completa de términos, no solo el ciudadano de a pie sino comunicadores, periodistas, políticos e incluso profesionales sanitarios. El ruido es ensordecedor pero si uno escucha y reflexiona sobre lo que se habla , es fácil darse cuenta de una serie de cosas.

En primer lugar, se pide a voces eutanasia como sinónimo de muerte digna, Se expresa la injusticia de morir con dolor, con sufrimiento., reclamando una buena muerte. Se pide eutanasia cuando, con frecuencia, lo que se que está pidiendo es una sedación paliativa o una sedación terminal. La gente cuenta los horrores de cómo murió su padre o su mujer, con días y horas terribles reclamando que eso se evite a través de la eutanasia. La muerte digna, la buena muerte no son sinónimos de eutanasia, la muerte digna es una buena muerte. La Medicina está ya capacitada para facilitar la muerte cuando esta es ya inevitable, sin causarla.

Cuando se habla de la necesidad de eutanasia se pone siempre como ejemplo el caso de Ramón Sampedro que se llevó al cine. Casos terribles como el suyo, de personas que pasan por accidente o enfermedad degenerativa a ser 100% dependientes y deciden que quieren acabar con su vida, requieren sin duda alguna una salida humanitaria y digna. La preocupación de Sampedro y otros casos mediáticos similares ha sido la de evitar consecuencias legales a quienes les ayudaran a suicidarse. En el caso de Sampedro contó con la ayuda de 11 seres queridos. La despenalización del suicidio asistido sería una solución justa y válida. En el año 2021, obtener información y medios para acabar con tu vida en la era de internet no requiere la mediación de nadie fuera de tu círculo íntimo. Desafortunadamente esto lo demuestran las cifras, en España se suicida una persona cada dos horas.

Los términos utilizados para delimitar quién podrá acceder a este nuevo servicio es laxo: “sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que le cause un sufrimiento intolerable“. No hemos mirado a lo que ocurre en los otros cuatro países que ya tiene regulada la eutanasia y donde las indicaciones mucho menos amplias que estas se han deteriorado hasta límites irreconocibles. En Holanda se está planteando aceptar peticiones de “personas mayores cansadas de vivir“. La pendiente resbaladiza, un término que tanto se usa para describir la degeneración de estas leyes en los otros países, se ha ignorado. El riesgo de una ley como esta es la terrible desigualdad que creará, una posibilidad siempre abierta a los más vulnerables y a los más desfavorecidos. En esta cadena, ¿cómo podrán los médicos a los que se incluye en la valoración de cada caso convertirse en jueces de cómo de insoportable es un sufrimiento o cómo de imposibilitante es un padecimiento psicológico? ¿Cómo podrán los médicos, cansados, desanimados, maltratados y rotos mantener la confianza de sus pacientes ante este tipo de decisiones tan dolorosas? Es una posición imposible para quien dedica su vida a intentar entender y ayudar a la gente. Ahora convertidos en medidores del sufrimiento y tolerancia ajena.

Hay que mirarse al espejo profesional y aceptar que el clamor para pedir ley de eutanasia es en parte culpa nuestra, de esa medicina atolondrada, agresiva, sin límites que practicamos hace décadas, de la obstinación terapéutica, los excesos, del encontrar más fácil intentar un ensayo nuevo que confrontar al paciente con la idea de que se está muriendo. De una medicina cada vez más tecnológica y menos humana, hospital-centrista. Quien ha vivido la muerte de su madre con un cáncer con tratamientos más allá de lo razonable, sin poder disfrutar del final de su vida, quien sufre a su abuelo con demencia y un tubo nasogástrico para alimentarle, quien observa a su padre de 90 años encamado y triste y sus 35 pastillas, …¿cómo no va a reclamar un final más dulce?

Personalmente me espantan esas situaciones. He escrito varias veces sobre esto. Es imprescindible hacer una crítica a la manera en la que muere demasiada gente, llevamos propiciando una muertes tan malas que la sociedad asocia el proceso de morir con el ensañamiento terapéutico y quieren darlo la espalda. La eutanasia no es la solución a la mala medicina, es su consecuencia. Que se considere la eutanasia una liberación de una medicina enloquecida, es una tragedia que deberíamos encarar como profesión. La idea es devastadora. Esta viñeta de Gallego y Rey con motivo de la ley es muy clarificadora.

La eutanasia como liberación de la propia medicina. Esto no requiere eutanasia sino adecuación del esfuerzo terapéutico, no requiere matar sino dejar morir en paz.

Es interesante que los propios médicos elegimos morir de distinta manera que el tipo de muerte que ofrecen a sus pacientes. Existen varios estudios que así lo reflejan. Esto es más triste todavía pues demuestra conciencia de la mala muerte que practicamos con nuestros pacientes pero que no queremos para nosotros mismos.

Y ahora en términos prácticos, los tiempos que observa esta ley no son razonables, el SNS está hundido, destruido, a mínimos. Encaramos la ironía que sea mucho más fácil una cita para valorar tu muerte que ponerte una prótesis de cadera por dolor imposibilitante, o una cita con el cardiólogo. La única manera de que esto prospere es invirtiendo grandes cantidades de dinero, pero ¿es eso justo? Los medios son limitados, ¿ tiene más derecho alguien que pide eutanasia que alguien con cáncer, o una persona que con terribles dolores de espalda o un paciente que necesita un caro desfibrilador interno? ¿Veremos una inyección de dinero como la que mantiene el exitoso sistema de trasplantes? ¿Se acabará privatizando? Lo que se ha ofrecido en papel es ahora mismo una utopía en la realidad del sistema nacional de salud español. ¿Tendrá el médico de familia que acudir a hacer una eutanasia tras una consulta de 50 pacientes? ¿Serán los pocos compañeros que decidan hacerlo tan pocos que ellos también decidan ser objetores de conciencia? Se va a partir de números bajos de médicos no objetores si miramos los resultados de una encuesta que hizo el colegio de Médicos de Madrid con la anterior corporación. Su valor es bajo, la metodología dudosa, recoge el sentir de apenas el 2% de sus colegiados pero este dato es interesante. Menos de un tercio de los médicos encuestados están seguros que no pedirán la objeción de conciencia.

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Una vez que se incluya como una opción más, ¿se va a esperar a que el paciente lo pida o se va a ofrecer como alternativa también? Si se está clasificando al mismo nivel que una radiografía o una apendicetomía, “parte de la cartera de servicios”, ¿habrá que ofrecerlo a pacientes con sufrimiento insoportable? ¿Cuánto y cómo de pronto degenerará esto? ¿Cómo se distingue el papel de paciente de el papel de cliente?

Otro tema inconcluso, la certificación. Los certificados de defunción son documentos de peso, no son solo un simple registro, suponen un control, una forma también de mejorar la sociedad, de entender lo que ocurre con ciertas enfermedades, de hacer estadísticas. Que la ley diga que se considere la eutanasia a todos los efectos como “Muerte natural” y que la contabilización, de haberla, sea a nivel autonómico y no nacional es un despropósito. Nada hay menos natural que una muerte forzada.

Creo que la dicotomía de elegir entre cuidados paliativos y eutanasia es falsa, se está utilizando como parte de la discusión. Pero lo cierto es que unos buenos cuidados paliativos, una buena ley de dependencia que funcione y un replanteamiento de la medicina deshumanizada disminuirían sensiblemente la situación de desamparo y sufrimiento que lleva a la petición de la ley de eutanasia ya aprobada. En España no hay ninguna de las tres, estamos construyendo la casa por el tejado y esto es siempre peligroso. Sin duda siempre quedarán casos de sufrimiento terrorífico que solo puede acabar a través de la muerte, para esos es suficiente la despenalización del suicidio asistido. El suicidio es siempre una salida a una vida no deseada, con y sin ley.

La Medicina con mayúscula va más allá de quienes llevamos la bata blanca en cada momento, la Medicina tiene un compromiso con la sociedad desde que existe, hace 6000 años. Necesita unos principios básicos que sean inamovibles que se mantengan en el tiempo. El Código Deontológico no puede cambiar según decisiones políticas, necesitamos cimientos y seguridades más allá del tiempo y el lugar. “El médico no procurará la muerte, aunque el propio paciente nos lo pida” es parte de nuestro Código Deontológico desde siempre. El código ético de los médicos, más estricto aun que cualquier código penal, es nuestra manera de auto-regularnos, de asegurar una Medicina de excelencia. Si se cambia ese código para acomodar decisiones políticas tan trascendentes, será papel mojado. El médico está para curar, cuidar, acompañar y cuando no se pueda hacer otra cosa, consolar, y también ayudar a morir, pero se romperá el contrato de confianza no escrito si terminar la vida del paciente pasa a ser un Acto Médico. Si esto no lo para, como en Portugal, el tribunal constitucional, no debe haber listas de objetores de conciencia sino justo al revés, lista de profesionales o de personas formadas para este objetivo, que a título personal quieran formar parte de un registro de eutanasiadores . Las bases más primitivas de la Medicina no pueden tambalearse.

Provocar la muerte de un paciente, no debe ser un procedimiento médico.

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EUTANASIA, SUICIDIO ASISTIDO Y ENFERMEDAD MENTAL

Por su interés, reproducimos este artículo de Juan José Martínez Jambrina, psiquiatra, aparecido ayer en La Nueva España.

El pasado 17 de Diciembre de 2020, el Congreso de los Diputados aprobó la “Proposición de Ley orgánica sobre la regulación de la eutanasia” (PLORE) que fue enviada al Senado para su tramitación. Este proceso finalizó el pasado 10 de Marzo y el 18 de Marzo pasará ahora al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva. El próximo jueves España será uno de los tres países, con Luxemburgo y Holanda que han legalizado las dos modalidades del «derecho a morir»: eutanasia y suicidio asistido. El resto de países tiene legalizado uno u otro pero no ambos. La eutanasia es legal en Bélgica, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia. Hace un par de meses que Portugal despenalizó la eutanasia pero está pendiente del Tribunal Constitucional. El suicidio asistido está despenalizado en Suiza, Alemania, Japón y algunos estados de EE.UU. (Washington, Oregón, Colorado, Vermont, Montana y California) y algunos en Australia.
Antes de proseguir quiero reseñar que este texto lo redacto a título personal, en virtud de mi condición de “médico psiquiatra”. Esta tribuna no pretende revisar la PLORE. Me parece una ley farragosa, con una redacción complicada y que generará conflictos. Pero vivimos en un país donde he escuchado a prestigiosos penalistas afirmar que “los hechos son imperfectos”. Y de esos polvos no pueden salir mas que lodos. Pero sí que pienso que cualquier ser humano que sufra un enfermedad incurable, terminal, irreversible con un sufrimiento incoercible por los medios habituales tiene derecho a solicitar que se ponga fin a sus días, siempre que lo haga de forma totalmente autónoma. Soy más partidario de resolver los conflictos éticos, y el fin de la muerte es uno de los más serios, por la vía de la deliberación que recurriendo a la Ley. Pero esa es otra historia
Del debate que ha acompañado la tramitación de la PLORE lo primero que me ha sorprendido ha sido la ausencia de debate. La terrible situación que atravesamos a causa de la pandemia puede justificar esto en parte. Pero me sorprende que colectivos sociales o asociaciones profesionales apenas han hecho acto de presencia en este proceso.
La PLORE que se aprobará el miércoles genera confusión en varios puntos y no es tema fácil de abordar. Yo solo me referiré aquí al que más conozco y mas me preocupa: la relación de la PLORE con las personas que sufren enfermedades mentales graves y persistentes
Porque uno de los puntos confusos surge de que la PLORE nunca se refiere explícitamente a los trastornos mentales. Pero en el artículo 5, punto 1d, señala como requisito para acceder el “sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos en esta Ley, certificada por el médico responsable”.
También en el artículo 3 se precisan las definiciones de “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” y “enfermedad grave e incurable”, especificando que se considera como tal “la que por su naturaleza origina sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio que la persona considere tolerable…”.
La autorización de la “Eutanasia y Suicidio Médicamente asistido” (ESAM) a personas que sufren enfermedades mentales graves ha generado conflictos en los países donde se incluyen entre los grupos susceptibles de acceder a ella: Suiza, Holanda, Bélgica y Holanda. En cambio, USA, Nueva Zelanda, Colombia y Australia no permiten esa posibilidad y Canadá la debate actualmente.
Este punto de la PLORE me produce preocupación y una notable desilusión con la respuesta del gremio. He leído algún posicionamiento al respecto bien teorizado pero que lo que trata es de, sin variar el contenido de la Ley, ser lo más garantista posible cuando, como psiquiatras, haya que tomar postura ante una persona con una enfermedad mental grave y persistente que nos pida acceder a la ESAM.
Comparto los argumentos que los compañeros que han escrito al respecto exponen para extremar la prudencia pero me parecen insuficientes porque no van a la raíz del problema o porque eluden ciertas perspectivas del mismo.
Cierto que en las enfermedades psiquiátricas los términos “incurabilidad” e “irreversibilidad” no tienen la misma connotación que en las enfermedades somáticas. Cierto que hay enfermedades psiquiátricas que, colateralmente, tienen una elevada mortalidad. Pero en mis 30 años de ejercicio profesional he visto cambios llamativos en pacientes desahuciados tras la etiqueta de una cronicidad que poco tiene que ver con la que aparece en otras enfermedades somáticas. Ninguna enfermedad mental, por muy dolorosa o incapacitante que sea, conduce de forma ineludible a la muerte. O sea, que en el caso de los enfermos mentales será difícil hablar de eutanasia y habrá que hablar de “suicidio asistido” y como tal lo considera la Asociación Americana de Suicidología. Porque incluso tras un suicidio asistido, el dolor de los familiares es tan intenso como el un suicidio no asistido. Y socialmente hemos concluido que la lucha contra el suicidio es uno de nuestros pilares asistenciales.
Me sorprende que entre los argumentos que se esgrimen para pedir prudencia con este colectivo no se empiece por el primero y principal: si mi cometido es curar, aliviar o al menos, acompañar en la angustia y el dolor a un enfermo grave, llevándole esperanza durante todo el proceso de tratamiento ¿Cómo me posiciono ante él si acepto la posibilidad de que solicite una ESAM? Porque en la ESAM hay una palabra que choca de forma abrupta con la práctica psiquiátrica: La A de la “Asistencia”. Esa “Asistencia” equivale a ayudar a un enfermo mental a suicidarse y eso, que yo sepa, nunca ha formado parte de la ética médica.
Una de nuestras funciones más importantes como psiquiatras es ayudar a pacientes con vidas durísimas, terribles. Porque si no estamos nosotros, ¿quién les ayudará? No entiendo a quienes comprenden o recomiendan ayudar a quitarse la vida a estos pacientes y que acusan de hipócritas a quienes siguen a su lado aún sin avances. La verdadera hipocresía profesional con nuestros pacientes radica en rendirnos, en dejar de intentar su mejoría por los medios que sea.
Hay otras dos cuestiones que me parecen fundamentales. Me sitúo en la asistencia psiquiátrica en España y me pregunto: ¿De cuántos pacientes podríamos decir que han recibido todos los tratamientos posibles para sus problemas y en las mejores condiciones? De los pacientes oncológicos puedo decirlo, como de los enfermos renales o pulmonares. Pero ¿qué parte del presupuesto necesario para que las personas con enfermedades mentales reciban un tratamiento óptimo se adjudica? ¿cuántas personas con una depresión tienen acceso a todos los tratamientos disponible y homologados para su sufrimiento? Se hace duro situarme ante tantos pacientes de toda España sabiendo lo poco que hemos conseguido en cuanto a recursos para su mejoría (¿puestos de trabajo? ¿alojamientos estables?) pero que ya tienen un derecho más: el acceso a la PLORE. ¿Les preguntamos como se sienten sabiendo que podrán irse de este mundo cuando deseen? Alguno habrá que se alegre pero en la mayoría puede agravarse el sentimiento de irrelevancia social que ya tienen.
Por otro lado, ¿para que estudiaron los canadienses los gastos que se evitaban con la aplicación de la PLORE? El primer año de aplicación de la ley, 2016, se ahorraron 150 millones de euros. También Holanda lo estudia año tras año. Y sabemos que hay colectivos muy desfavorecidos por discapacitados ¿Seguiremos avanzando socialmente a base de nuevas máscaras de hipocresía virtuosa?
En conclusión: A fecha de hoy no podemos saber qué enfermedad es incurable en ningún paciente psiquiátrico. Carecemos de los datos necesarios para afirmarlo con una mínima confianza, aunque algún compañero parece que puede asegurarlo.
Para mí prescribir un apoyo al suicidio en alguno de mis pacientes y a la vez trabajar activamente en el Protocolo de Prevención de la Conducta Suicida me parece imposible. Solo sé de un caso similar. El que describe George Orwell en 1984 y que lee Winston Smith: “Doblepensar significa el poder, la facultad de sostener dos opiniones contradictorias simultáneamente, dos creencias contrarias albergadas a la vez en la mente. Decir mentiras a la vez que se cree sinceramente en ellas, olvidar todo hecho que no convenga recordar, y luego, cuando vuelva a ser necesario, sacarlo del olvido sólo por el tiempo que convenga…”. Y, tout proportion gardée, aquí me planto.

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Tres enfoques sobre la eutanasia.

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Cómo afectará la Ley de Eutanasia a las personas con discapacidad

Ante la tramitación de la PROPOSICIÓN LEY ORGÁNICA DE LA EUTANASIA desde la Plataforma cuiDANDO (www.plataformacuidando.org) queremos señalar nuestra inquietud ante los siguientes puntos de dicha proposición que podrían ser corregidos en el plazo de enmiendas en el Senado aún abierto, en especial lo referido en el artículo 5, que expone los “Requisitos para recibir la prestación de ayuda para morir”

  • El artículo 5.1.b) manifiesta como requisito para solicitar la eutanasia “Disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluida la de acceder a cuidados paliativos, incluido en su caso el acceso a los cuidados paliativos integrales comprendidos en la cartera de servicios comunes y a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia”.

La simple información de que existen alternativas a la eutanasia no garantiza una posibilidad de elección real. Teniendo en cuenta la experiencia de tantas personas enfermas y dependientes en nuestro país, que esperan durante años que les sea reconocido su derecho a la dependencia, incluso en algunos casos tienen que litigar para conseguirlo.

El Estado tiene el deber de proporcionar de hecho al enfermo todos los recursos disponibles al menos los que le corresponden de acuerdo con la Ley de Dependencia y los cuidados paliativos, en su caso, antes de aceptar esa solicitud. No basta con ofrecerle algo que la experiencia demuestra que no llega o es insuficiente.

  • El artículo 5.1.d afirma como requisito para solicitar la eutanasia “Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos en esta Ley, certificada por el médico responsable”, entendiendo por tal situación la que hace referencia “a una persona afectada por limitaciones que inciden directamente sobre su autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no pueda valerse por sí misma, así como sobre su capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para la misma, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico” tal y como describe el artículo 3.b) de la misma proposición de ley. 

Cantidad de discapacidades físicas o sensoriales, trastornos neurodegenerativos médicos o traumáticos, pacientes con graves secuelas de afección cerebrovascular como el Síndrome del Cautiverio, insuficiencias  de órgano  avanzadas (cardiaca, pulmonar o hepática) no susceptibles de trasplante entrarían en este supuesto.

Además esta afirmación presenta un serio problema ante pacientes psiquiátricos cuyo curso de enfermedad es fluctuante, con claro riesgo de solapamiento suicida y que no siempre son pacientes  incompetentes para la toma de decisiones médicas, ni están incapacitados judicialmente, como la depresión o la anorexia.

¿Como en estas abrumadoras situaciones se valorará correctamente la competencia para la toma de decisiones autónomas, de forma efectiva y racional? ¿No vulnera directamente en este supuesto de forma directa el derecho constitucional e internacional a la protección de la discapacidad? Trastornos neurodegenerativos como la Esclerosis Lateral Amiotrófica y Esclerosis Múltiple Avanzada podrían entrar en este supuesto.

  • El artículo 5.2. afirma “No será de aplicación lo previsto en las letras b), c) y e) del apartado anterior en aquellos casos en los que el médico responsable certifique que el paciente no se encuentra en el pleno uso de sus facultades ni puede prestar su conformidad libre, voluntaria y consciente para realizar las solicitudes, cumpla lo previsto en el apartado 1.d) y haya suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento. En el caso de haber nombrado representante en ese documento será el interlocutor válido para el médico responsable. La valoración de la situación de incapacidad de hecho por el médico responsable se hará conforme a los protocolos de actuación que se determinen por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud”.

Declarar de forma extrajudicial la incapacidad de hecho de una persona carece de garantías, puede producir abuso, y deja indefenso al paciente. No tiene precedentes en el derecho civil español que se pueda apreciar una incapacidad de hecho por un facultativo o por varios especialistas pues la incapacidad es siempre de derecho y sólo se puede declarar judicialmente en un juicio en el que interviene en garantía de los derecho del presunto incapaz el Juez de Primera Instancia, el Ministerio Fiscal y el médico forense.

En relación con todo este artículo el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha enviado una Nota al Gobierno de España alertando de que esta proposición de ley incluye sesgos discriminatorios hacia las personas con discapacidad, que vulneran la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad de 2006 de Naciones Unidas vigente en nuestro ordenamiento jurídico desde 2008. Se dice en concreto en los Considerandos 4, 5, 6 y 7:

  • El Comité aprecia que este supuesto, y conforme a la definición que ofrece el propio texto, supone una clara evocación a las personas con discapacidad,(…) En definitiva, el texto legal podría constituir una invitación pública a que las personas con discapacidad, especialmente con discapacidades graves, opten por la terminación de su vida.
  • Se trata de un supuesto impropio e inconsistente con los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos de las personas con discapacidad suscritos por España y adolece de un enfoque capacitista, puramente clínico, alejado de los postulados de la Convención.
  • Preocupa especialmente, asimismo, la disposición contenida en el segundo apartado del artículo 5. (…) En otras palabras: basta la opinión de un médico -sin control alguno de carácter judicial ni de cualquier otra naturaleza- que entienda que el paciente no se encuentra en pleno uso de sus facultades, para que en tal caso la eutanasia pueda tener lugar.
  • Aplicarse si la persona, en una situación previa a la discapacidad o enfermedad, la eligió para el futuro en un documento de instrucciones previas, sin que se le permita modificar la elección realizada entonces.

Esta legislación hará mella en la lucha por la igualdad de los derechos de las personas con discapacidad, pues muchas de ellas tienen padecimiento crónico e imposibilitante, cuando precisamente lo que ha logrado la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 es visibilizar su situación e incorporarlos como sujetos en igualdad de derechos a la sociedad.

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Diálogo sobre la eutanasia

EN RADIO LAS PALMAS el programa «Sin ánimo de incordiar» dedica un buen espacio de tiempo a dialogar sobre la Ley de eutanasia. Intervienen Eugenio Rodríguez de la Plataforma cuiDANDO y Mario Regidor, concejal del PSOE en Las Palmas de Gran Canaria.

https://www.ivoox.com/player_ej_64414436_4_1.html?c1=ff6600

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No sean inmunes a las enmiendas a la Ley de eutanasia, señorías

Ana Mª Marcos del Cano es catedrática de Filosofía del Derecho de la UNED. Es firmante del manifiesto de esta plataforma.

Por su interés reproducimos este artículo publicado en El Mundo el 15 de enero https://www.elmundo.es/opinion/2021/01/15/6001907021efa061338b458f.html

Hasta el día 9 de febrero se ha establecido el plazo para que se presenten enmiendas en el Senado a la proposición de ley orgánica sobre la eutanasia. Apelo desde aquí a la responsabilidad política, representativa, humana y decisoria de los senadores/as que conforman esta institución, sobre la que hace poco escribía su expresidente Manuel Cruz que habría que «pararse a pensar si no queremos que quede despojada de toda función». Pues bien, ahora tienen la oportunidad de ejercerla.
Quisiera que estas palabras llegaran como un profundo lamento por la brecha que esta ley abre tanto en nuestro sistema jurídico, social y sanitario, como en las familias y las personas que se encuentran en estas situaciones. Lejos de darles un derecho les va a proporcionar un profundo desamparo, una injusticia y una paulatina anulación. Y lo más horrible es que propiciará un debilitamiento de sensibilidad humana y de dignidad de la vida, así como del cuidado debido de unos para otros.
Esta reflexión está hecha desde el respeto y la moderación. Vaya por delante que pienso que no hay un «derecho a la eutanasia», sino, en algunos casos, una excepción lícita a la protección y garantía del derecho a la vida. Nunca pensé que en España se diera este paso. En este momento, debo posicionarme en contra de cuándo se ha hecho; el cómo se ha hecho, silenciando y marginando opiniones, comprensiones y reflexiones sobre esta cuestión de tal envergadura; y el qué, el contenido de esta regulación.
El cuándo. En este final del tremendo 2020 e inicios del 2021, no puedo dejar de sobrecogerme ante el hecho de que, precisamente en este año en el que casi dos millones de personas han perdido su vida por la pandemia en todo el mundo, en nuestro país se vaya a aprobar la ley de la eutanasia.
La Covid-19 ha dejado todo en silencio, ha arrasado sobre todo con aquellas vidas más vulnerables, nos ha hecho repensar el final de la vida y la vida de nuestros mayores. Si algo nos ha traído esta pandemia es la necesidad y la urgencia de una sociedad del cuidado que se haga cargo de la tremenda vulnerabilidad de la condición humana, de la necesidad de incorporar a los mayores a la agenda pública política desde otro lugar, desde otra reivindicación mucho más humana, que nos haga reciprocidad, solidaridad e inclusión.
Paradójico y fuera de lugar, que en nuestro Parlamento cuando no se ha presentado ningún proyecto de ley sobre emergencias sanitarias, se haya tenido tiempo y voluntad para aprobar esta ley. Precisamente, cuando sus protagonistas estaban dedicándose a salvar vidas, luchando por combatir la destrucción que ha provocado el covid19, con tantos enfermos crónicos desatendidos y tantos residentes mayores muriendo… Me pregunto por las intenciones reales de quienes están motivando e imponiendo semejante atropello, de quienes excluyen sistemáticamente la creación de foros deliberativos abiertos, plurales, concediendo precisamente tal prioridad en esta hora tremenda, en el que el planeta entero está arrancando vidas de las garras del Covid19.
El cómo. A esta proposición de ley no le ha precedido un amplio debate social ni con expertos en la materia ni con los más directamente implicados, que permitiera presentar un proyecto más consensuado, menos precipitado. Se han excluido del debate las propuestas de:
El Comité de Bioética de España que tiene la misión de informar sobre cuestiones éticas y jurídicas que se plantean en la biomedicina y tuvo que actuar de oficio publicando su Informe sobre el final de la vida y la atención en el proceso de morir, en el marco del debate sobre la regulación de la eutanasia: propuestas para la reflexión y la deliberación del 30 de septiembre de 2020, estableciendo claramente que no se puede hablar de un «derecho a la eutanasia».
La Organización Médica Colegial, que se pronunció oficialmente el 18 de diciembre de 2020, expresando su honda preocupación por esta ley y denunciando que en ningún momento se ha solicitado su comparecencia.
Las sociedades científicas españolas de cuidados paliativos (SECPAL Y AECPAL) y la Sociedad Española de Enfermería de Gerontología y Geriatría (SEEGG) que consideran que la eutanasia no es un acto médico y que los derechos al final de la vida son mucho más que el cuándo morir.
El CERMI que recuerda que el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, en su segunda revisión a España, formuló recomendaciones para que no existan disposiciones que permitan la eutanasia por motivos de discapacidad, por la discriminación que implica. En este mismo sentido se ha pronunciado el Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad Carlos III de Madrid.
Este proceso ha carecido de un trámite necesarísimo en todas las leyes y más en esta que es ley orgánica: la comparecencia suficientemente representativa e integradora de las distintas posiciones acerca de la materia, en la Comisión de Estudio en las Cámaras legislativas. En una sociedad crítica, responsable no valen apaños y simulacros, si queremos configurar de verdad una democracia deliberativa, en la que se exige que en la agenda pública todos los afectados tengan voz.
El qué. Esta ley se ha mostrado a la opinión pública desde casos muy singulares y dramáticos, que a todos nos han conmovido, como el de Maria José Carrasco, a quien su marido Ángel Hernández le procuró la ayuda a morir. Pero la cuestión es que los supuestos a los que se puede aplicar esta ley son muchos más, por la utilización de expresiones ambiguas y de conceptos indeterminados que pueden ampliar las personas que pueden pedir la eutanasia. Así ocurre cuando habla de padecimiento grave, crónico e imposibilitante, y lo define como una situación en que «una persona se ve afectada por limitaciones que inciden directamente sobre su autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no pueda valerse por sí misma, así como sobre su capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para la misma, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico». En esta relación se pueden incluir enfermos crónicos, personas con deterioro físico o psíquico, personas con discapacidad.
La primera enmienda que deberían aceptar, señorías, es la determinación del «contexto eutanásico» y la concreción de las personas que pueden solicitar la eutanasia. Hay que ceñir los supuestos a situaciones objetivables como es la de «enfermedad terminal» (con una perspectiva de vida de seis meses). De no hacerlo, la disparidad de interpretaciones en su aplicación puede abocar a la tan temida pendiente resbaladiza. Y no hablo de memoria. Tenemos la experiencia de Holanda por todos conocida y que, en el último informe oficial publicado en ese país, figura que ha aplicado la eutanasia a personas con enfermedades asociadas a la vejez.
La segunda enmienda se refiere a autenticar la voluntad del paciente. Se establece que el paciente solicite la eutanasia dos veces con un período entre ambas de 15 días al médico responsable, quien después deberá consultar con un médico consultor para corroborar que se cumplen los requisitos.
Los plazos que se establecen en la proposición de ley son garantías para asegurar la decisión del paciente, pero sorprende que a renglón seguido establezca una flexibilización de ese plazo (puede considerarlo menor) al albur de la interpretación del médico (art. 5.1.c) in fine). Además, en el caso de que el paciente no pudiera firmar y fechar la petición de ayuda a morir, se habilita a «otra persona» para que lo haga. ¿Se habrá percatado el legislador de las situaciones reales de vulnerabilidad, de deterioro y de los intereses que pueden rodear a tal persona, para semejante dejación de garantías en la expresión de la voluntad? ¿No habrá una excesiva relajación de los requisitos de solicitud de la eutanasia permitiendo la firma de esta por parte de familiares, allegados, cuidadores?
Es más, se habla de la «situación de incapacidad de hecho» del paciente, que se puede apreciar por un facultativo o por varios especialistas. Esto no tiene precedentes en el Derecho civil español porque la incapacidad es siempre de derecho, que solo se puede declarar en un procedimiento contradictorio con intervención del forense y del fiscal.
Y en la fase de enmiendas en el Congreso se ha incluido que se podrá realizar en el domicilio, otro elemento de inseguridad y de falta de transparencia a la hora de su aplicación, al igual que cuando establece que el médico que aplique la eutanasia tendrá que firmar que ha sido por «muerte natural», debido a que, si certifica que es por eutanasia, no tendrían posibilidad de cobrarse los seguros de vida que tuviera la persona (sic). ¿Cómo puede obligarse al médico a falsear la realidad en un documento público en pro de los seguros privados? ¿No resulta hiriente que el legislador avenga a semejantes falacias en la promulgación de una ley orgánica?
Por último, sería deseable que, al paciente para poder solicitar la eutanasia, anteriormente se le diera acceso a los cuidados paliativos integrales y a las prestaciones que por la Ley de Dependencia le correspondieran. Una sociedad progresista es la que construye una sociedad del cuidado, da valor a los más frágiles, otorga recursos públicos asistenciales y cuidados hasta el final de la vida.
La cuestión que nos ocupa y nos preocupa, la proposición de ley de la eutanasia pertenece a la franja fronteriza del sentimiento de lo humano. Terreno cruzado de dimensiones constitutivas, lo personal, lo social, lo sanitario, lo jurídico, lo cultural, lo político, lo filosófico, lo religioso. Asunto de tal calado y complejidad, que nos demanda en máximos de criticidad racional, humanidad, responsabilidad ética y jurídica. Y, sobre todo, y para nosotros estaría en la base de cuanto venimos afirmando, es cuestión de afectividad, comprendida aquí como mismidad, subjetividad, el yo como carne, sentimiento, dinamismo del conocer más real y sustantivo. Toda otra apelación a la racionalidad, a la autonomía y al principio de la libertad se nutre, se vivencia, desde esta carne existencial. De lo contrario, estaríamos absolutizando fragmentariedades. Estas postulan una ultimidad del yo, una dignidad última de la vida como singularidad personalísima, intransferible y única, en relación e integración de lo plural y social.
Señorías, mi ruego y mi grito quiere ser hoy el diálogo, respeto y consideración de la pluralidad, reciprocidad y complementariedad de cuestiones tan entrelazadas que requieren de ustedes, señorías, responsabilidad social, institucional y legislativa, ya que, como afirmara el sabio peripatético, Aristóteles, toda ley genera niveles de conciencia y orienta conductas y actitudes.

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Diálogo entre militantes del PSOE sobre eutanasia.

Eligio Hernández, ex Fiscal General del Estado y Mario Regidor, concejal del Ayuntamiento de Las Palmas, dialogan sobre la nueva ley de eutanasia.

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La falta de garantías constitucionales en la ley de eutanasia

Eligio Hernández
Abogado en ejercicio, Magistrado jubilado y Ex Fiscal General del Estado.

Una de las contradicciones que sufrimos los veteranos socialistas disidentes de algunas políticas, no de todas, del gobierno de coalición y de la dirección del PSOE, se producen cuando nuestras críticas concretas coinciden, como en el caso de la eutanasia, con las de los partidos conservadores, aunque por razones y fundamentos diferentes, en cuyo caso nos tachan de ser de derechas, cuando no de fascistas.


La “Plataforma CUIDANDO”, a la que pertenezco, está formada por un grupo de profesionales de izquierda de diferentes creencias e ideologías, y por cristiano-progresistas comprometidos con los más humildes. Esta Plataforma tiene por finalidad la defensa del derecho a la vida proclamado en el artículo 15 de la Constitución, el derecho fundamental por antonomasia, sin cuya protección ineludible todos los demás derechos fundamentales carecen de contenido. Entiendo que no hay valor más progresista que la protección de la vida, que, para un creyente cristiano militante, que se considera cristiano antes que socialista, no puede ser sacrificada ni por la propia voluntad humana por muy libre que se manifieste. Por ello, la Plataforma no ha apoyado la proposición de Ley de Eutanasia recientemente aprobada en el Parlamento, y aboga por una muerte digna para los enfermos terminales, a través de crear las condiciones sociales y económicas objetivas que permitan que estos enfermos puedan acceder a los cuidados paliativos dispensados por el sector sanitario público mediante una Ley de Cuidados Paliativos, para eliminar el sufrimiento y no tener que eliminar al que sufre, destinando más medios a la dependencia para que funcione con eficacia la Ley de Dependencia procurando una mayor celeridad en la tramitación y cumplimiento de la misma. Se equivocan los que creen que el apoyo a la Ley de Eutanasia es propio de la izquierda política, pues la conservación de la vida y las ayudas para una muerte digna para los enfermos incurables, es progresista. Como sostiene el Partido Comunista Portugués, el derecho a matar o suicidarse no es señal de progreso sino un paso hacia la regresión civilizatoria, añadiendo que la idea de que la dignidad de la vida está garantizada por la consagración legal del derecho a la muerte prematura merece el rechazo de este Partido Comunista.


La Plataforma no pretende que el Estado imponga nuestros principios éticos y religiosos a los que no los comparten, sino convencerlos de la necesidad de preservar la vida en un contexto social, como el actual, en el que la legalización de la provocación de la muerte prematura plantea problemas éticos y legales especialmente complejos, y de difícil solución.
La laguna principal que tiene la Ley de Eutanasia es la marginación en la aplicación de la Ley, de los Jueces y del Ministerio Fiscal, que, precisamente, tienen como funciones principales la garantía de los derechos (artículo 117.4 de la Constitución), y la promoción de la justicia en defensa de los derechos (artículo 124.1 de la Constitución), sobre todo del derecho a la vida (artículo 15 de la Constitución). Esta laguna puede ocasionar la inconstitucionalidad de dicha Ley al excluir la resolución judicial de incapacitación.


Especialmente plantea un problema de interpretación y aplicación el artículo 9 en relación con el artículo 5.2 de la Ley que habla del procedimiento a seguir cuando se aprecie si existe incapacidad de hecho permanente certificada por un médico, en cuyo caso está obligado a aplicar lo previsto en las instrucciones previas o documento equivalente del paciente. La declaración extrajudicial de la incapacidad de hecho carece de garantías, puede producir abuso, y deja indefenso al paciente. Las garantías que establece la ley para ayudar a morir al enfermo terminal son importantes, pero no son las garantías constitucionales para la defensa y protección de los derechos fundamentales.

No tiene precedentes en el derecho civil español que se pueda apreciar una incapacidad de hecho por un facultativo o por varios especialistas, aunque se valore por el Consejo Interterritorial del sistema Nacional de Salud y la Comisión de Evaluación y Control que establece la Ley, pues la incapacidad es siempre de derecho y sólo se puede declarar judicialmente en un juicio verbal contradictorio en el que interviene en garantía de los derecho del presunto incapaz el Juez de Primera Instancia, el Ministerio Fiscal y el médico forense.


Es dudoso que esta ley pueda beneficiar a los más débiles económicamente, que no pueden acudir a los Cuidados Paliativos en sus domicilios o en residencias de pago, y que tienen que esperar mucho tiempo para tener una plaza en un centro asistencial o hospitalario público. Antes que una muerte digna hay que garantizar una vida digna. No hay una elección libre para morir si no existe la posibilidad de acceder a unos cuidados paliativos que alivien el sufrimiento. El Dr. Herbert Hendin, catedrático de Psiquiatría en el New York Medical College, autoridad mundial en la prevención del suicidio, inicialmente partidario de la eutanasia, se convenció que había que evitar su legalización el estudiar sobre el terreno la experiencia de Holanda,- que junto con Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia son los únicos países que han legalizado la eutanasia,- que plasmó en su libro “Seducidos por la Muerte” cuya lectura imprescindible recomiendo para formar un criterio sobre tan delicado tema, partiendo de situaciones concretas de enfermos terminales, y las dificultades que surgen para la aplicación de la eutanasia, que, como ha dicho Albert Camus, “ se ha convertido en una manera casi rutinaria para tratar la ansiedad, la depresión y el dolor en pacientes graves o terminales”, de tal manera que se ha descuidado el desarrollo de los cuidados paliativos.


La preservación y dignificación de la vida “en la vida” debe ser el objetivo de una sociedad progresista y humanista.

(Este artículo fue publicado en el diario La Provincia el 6 de enero de 2021 https://www.laprovincia.es/opinion/2021/01/06/falta-garantias-constitucionales-ley-eutanasia-27087906.amp.html )